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Boletín de actualidad Fecha: 11-11-2014

SE CONGELAN LAS TASAS E IMPUESTOS Y SE MANTIENEN LAS MEDIDAS DE FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

SE CONGELAN LAS TASAS E IMPUESTOS Y SE MANTIENEN LAS MEDIDAS DE FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA


“El gobierno municipal de Hondarribia no propondrá ante el Pleno ninguna modificación de las Ordenanzas Fiscales de cara al próximo ejercicio, lo que supone la congelación de las tasas e impuestos municipales para 2015. Al mismo tiempo, el Ayuntamiento de Hondarribia mantiene el paquete de medidas fiscales aprobado para 2012, 2013 y 2014 para impulsar la actividad económica”. Así lo dio a conocer el Alcalde Aitor Kerejeta en el último pleno ordinario.

“Se mantienen las bonificaciones para familias numerosas y para rehabilitación de inmuebles, así como los beneficios fiscales para fomentar la instalación de ascensores, la eliminación de barreras arquitectónicas y promoción económica. Después de tres años consecutivos con actuaciones blandas de los tributos gestionados por  el Ayuntamiento, la propuesta  de Ordenanzas  Fiscales para 2015 aprobada  por el Gobierno Municipal mantiene sin variaciones dichas tasas e impuestos.

La congelación de tasas e impuestos municipales para 2015 afecta, entre otros, a los siguientes tributos:
 
Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
Impuesto  sobre Actividades Económicas
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Licencia de Apertura para nuevos establecimientos
Tasa de servicios funerarios
Precios de servicio de OTA
Impuestos sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
 
Incentivar la actividad económica
“El buen estado de las arcas municipales y la actual política  de gestión municipal basada en el rigor y en la austeridad económica” sigue Kerejeta, “han permitido al Ayuntamiento impulsar durante estos años de crisis económica una serie de medidas fiscales destinadas a impulsar la actividad económica, que se mantendrán también a lo largo de 2015”.

Por ejemplo:
 En el IBI las bonificaciones de este impuesto afectan a:
Inmuebles  que constituyan actividad económica: - 50%
Familias numerosas: (según valor catastral del inmueble)
- 50%   3 hijos
- 75% - 4  ó mas miembros
Se puede fraccionar el pago del IBI con domiciliación obligatoria en cuenta corriente.
VEHICULOS
Bonificación 50% vehículos históricos, antigüedad minima 25 años
Bonificación 75% vehículos híbridos-eléctricos
Bonificación 94% vehículos motor eléctrico
Impuesto sobre la construcción
Bonificación del 95% en construcciones declaradas de especial interés o utilidad pública.

El tipo general  es del 4% pero se aplica el:
2% para renovación de fachadas.
            1% en rehabilitación y /o renovación edificios Casco Histórico
            1% en rehabilitación y /o renovación Portua
            2% en obras consecuencia de las ITES
            2% en ascensores
            2% en eliminación barreras arquitectónicas

2% en reforma acondicionamiento de locales destinados al ejercicio  de actividades comerciales, empresariales, profesionales y hosteleria.

“Todas estas bonificaciones van encaminadas a intentar que los propietarios de inmuebles se animen a realizar este tipo de obras para que de esta manera los gremios locales (en su mayoría pequeñas empresas) puedan o tengan más oportunidades de trabajo” finaliza Kerejeta.

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